Política Anticorrupción y Antisoborno



1. Introducción

En Loreto Abogados Penalistas (en lo sucesivo, LAP) nos comprometemos a mantener los más altos estándares éticos y legales en todas sus actividades. En línea con nuestros principios y valores, adoptamos una política de tolerancia cero frente al soborno y la corrupción.

Cualquier socio, asociado, empleado y/o persona que actúe de forma autorizada en nombre o por cuenta de LAP, tiene la obligación de evitar incurrir en conductas antiéticas o corruptas, así como informar o reportar, bajo el principio de la buena fe, cualquier actuación o situación que contravenga la presente política.

2. Objetivo

El objetivo de esta política es establecer directrices claras que regulen la prohibición de actos de soborno y corrupción por parte de los socios, asociados, empleados, colaboradores y representantes de LAP, y establecer las pautas para la identificación, prevención y denuncia de estas prácticas ilícitas, en consonancia con los estándares internacionales y las mejores prácticas en el campo legal y corporativo.

3. Alcance

Esta política es aplicable a todos los socios, asociados, empleados, contratistas, consultores, colaboradores y cualquier persona que actúe en nombre de LAP, se encuentre en Venezuela o en el extranjero, independientemente del tipo de relación comercial o laboral, por lo que todos deberán manifestar su conocimiento y aceptación a esta política por escrito con las formalidades de rigor.

4. Definiciones

Corrupción: Acción y efecto de corromper o corromperse. Deterioro de valores, usos o costumbres. En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización indebida o ilícita de las funciones de aquellas en provecho de sus gestores. Abuso de poder para beneficio privado o personal.

Conflicto de Intereses: Situación donde los intereses de negocios, financieros, familiares, políticos o personales podrían interferir con el juicio de valor de personas en el desempeño de sus obligaciones hacia la organización.

Debida Diligencia: Proceso para evaluar con mayor detalle la naturaleza y alcance del riesgo de soborno y para ayudar a las organizaciones a tomar decisiones en relación con operaciones, proyectos, actividades, socios de negocios y personal específicos.

Soborno: Acción y efecto de sobornar. Dádiva con que se soborna. La oferta, promesa, entrega, recepción o solicitud de cualquier ventaja indebida de valor (monetaria o no) con el fin de influir en las acciones de un individuo en el desempeño de sus funciones.

Oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (financiera o no financiera), directa o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa, para que una persona actúe o deje de actuar, en relación con el desempeño de las obligaciones de esa persona.

5. Principios generales
5.1. Prohibición del soborno

Está estrictamente prohibido ofrecer, prometer, dar o aceptar cualquier tipo de soborno, ya sea directo o indirecto, en el curso de las actividades de LAP, se refieran a cosas de valor o no.

Las cosas de valor pueden incluir: i) dinero en efectivo o similar, regalos, comidas, entretenimientos y viajes, ii) contribuciones políticas; donaciones; y iv) ofertas laborales o pasantías, entre otras.

El nombre de LAP no podrá ser utilizado como plataforma para promover intereses externos, de negocios o de otro tipo, o para provecho propio o en beneficio a amigos o familiares inmediatos o cercanos. Ello queda expresamente prohibido.

5.2. Prohibición de pagos de facilitación o agilización

Se prohíben los pagos realizados a funcionarios públicos o privados con el fin de agilizar trámites o procesos, o bien para garantizar la prestación de un determinado servicio, o la obtención de un resultado en específico, que contravenga los principios y valores establecidos en esta política.

Ningún miembro de LAP puede participar o solicitar pagos de facilitación.

5.3. Cumplimiento de Normas

Nuestra política se alinea con las leyes venezolanas antisoborno y anticorrupción existentes, y tiene como referencias primarias normativas internacionales tales como la Ley Antisoborno del Reino Unido (UK Bribery Act), la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de Estados Unidos (FCPA), así como las publicadas por la Organización Internacional de Normalización (ISO), comúnmente conocidas como Normas ISO.

5.4. Compromiso y Transparencia

Todos los hechos o circunstancias que sean detectados y comprobados serán informados, garantizando la transparencia, la legalidad y el equilibrio informativo.

6. Regalos y entretenimiento
6.1. Directrices sobre Regalos

Esta política impone una prohibición de ofrecer o recibir regalos, que pudieran interpretarse como una forma de influir en una decisión o acto.

Solo se permitirán obsequios de valor simbólico, ofrecidos o recibidos de buena fe, que no generen expectativas de favores indebidos ni comprometan la independencia profesional.

No se debe aceptar ni ofrecer regalos que puedan influir en decisiones comerciales o legales, o que de otro modo pueda dar lugar a un conflicto de intereses.

Ningún socio, asociado, empleado y/o su familia aceptará, directa o indirectamente, ningún tipo de dinero, regalo o invitación, que tenga como fin influenciar las actuaciones o la toma de decisiones relacionadas con los negocios de LAP, o que pudiera llevar a pensar al tercero o proveedor que podría beneficiarse u obtener una ventaja de alguna forma, o a cambio de la promesa de hacer o abstenerse de hacer algo que beneficie al tercero.

Obsequios modestos pueden ser aceptados o ofrecidos cuando no generen una expectativa de trato favorable ni constituyan soborno, en los términos expresados en esta Política.

6.2. Entretenimiento

Los eventos sociales y de entretenimiento deben ser razonables, ocasionales y en línea con las prácticas comerciales comunes.

Ninguna invitación debe generar una expectativa de trato preferencial, ni de influir en una determinada decisión.

7. Donaciones y Patrocinios

Las donaciones y patrocinios deben ser legales, transparentes y no deben ser utilizadas como un medio para obtener ventajas indebidas.

Las donaciones a organizaciones caritativas o sociales deben cumplir con todas las normativas legales.

Están prohibidas las contribuciones políticas, directas o indirectas, con el fin de obtener favores o influir en la toma de decisiones.

8. Relaciones con Terceros

Todos los proveedores, consultores y cualquier tercero que actúen en nombre LAP deberán cumplir con esta política.

Los acuerdos contractuales deberán incluir cláusulas que exijan el conocimiento y cabal cumplimiento de esta política.

LAP llevará a cabo una debida diligencia exhaustiva antes de establecer relaciones con terceros, incluyendo contratistas, consultores o colaboradores.

9. Registros contables

No se aprobará ni realizará ningún pago por parte de LAP o en su nombre, si alguna parte del pago se va a utilizar con un propósito ilegal o inapropiado, para un destino distinto al expresado en los soportes, o contrario a las disposiciones establecidas en esta política.

LAP mantendrá la exactitud, sinceridad y legalidad tanto en los registros contables de todas sus transacciones, como en sus estados financieros, conforme a los Principios Contables Generalmente Aceptados, generando y manteniendo los correspondientes controles internos y externos (auditorías) de rigor.

Los representantes de LAP no pueden cambiar, omitir o tergiversar registros para ocultar actividades indebidas o que no indiquen correctamente la naturaleza de una transacción realizada.

Cualquier gasto en el que incurra un empleado o un tercero en nombre de LAP, o en relación con las actividades propias de la Firma, no será reembolsable a menos que sea legal y esté respaldado por documentación detallada que incluya, por ejemplo, facturas o recibos válidos conforme a la legislación venezolana.

10. Deberes y Responsabilidades

Gerencia o Alta dirección: Los socios son responsables de establecer y fomentar una cultura corporativa de integridad y cumplimiento, asegurándose de que todos los colaboradores estén adecuadamente informados y capacitados en relación con esta política.

Asociados y empleados: Todos los colaboradores tienen la responsabilidad de adherirse a esta política, y reportar cualquier comportamiento sospechoso que pueda contravenir las normas aquí establecidas.

Terceros: Cualquier tercero que actúe en nombre de LAP, incluyendo proveedores y contratistas, debe adherirse a esta política. Los acuerdos con terceros deben incluir cláusulas contractuales que reflejen expresamente esta política.

11. Canal de Denuncias

Se implementará un canal de denuncias confidencial y seguro, disponible para empleados y terceros, para reportar cualquier sospecha de soborno o corrupción sin temor a represalias.

Las denuncias pueden realizarse de manera anónima y serán investigadas de forma exhaustiva de conformidad con la ley.

LAP pone a disposición la página de contacto, como canal de denuncias, a través de los cuales tanto empleados como terceros podrán reportar, de manera anónima, cualquier comportamiento que infrinja esta política.

12. Sanciones

La inobservancia o incumplimiento de las conductas expresamente prohibidas en esta política, transgrede igualmente nuestros principios, valores y Código de Conducta de LAP, por lo que será tratada con la máxima seriedad posible.

Los socios, asociados, empleados, colaboradores y proveedores de LAP, que infrinjan esta política quedarán sujetos a medidas disciplinarias severas, incluyendo el despido o la rescisión de contratos. Adicionalmente, puede conllevar acciones legales.

Los empleados de LAP pueden considerarse personalmente responsables por participar en sobornos o por infringir las leyes contra el soborno y la corrupción vigentes en nuestro país.

13. Capacitación y Concienciación

Todos los socios, asociados, empleados, proveedores de LAP recibirán formación regular sobre esta política, las leyes venezolanas que guarden relación con su objetivo y las mejores prácticas nacionales e internacionales y para prevenir el soborno y la corrupción.

14. Revisión y actualización

Esta política será revisada anualmente por la Gerencia/Alta Dirección de LAP, para garantizar su vigencia y efectividad. Se actualizará conforme a los cambios en la legislación interna aplicable y las mejores prácticas internacionales.

Se promoverá a que los asociados, empleados y colaboradores de LAP, realicen comentarios sobre esta política y presenten propuestas para su mejora contínua.

15. Divulgación

Nuestra perspectiva de tolerancia cero ante el soborno y la corrupción se comunicará a los contratistas, proveedores y demás relacionados de LAP, previo al establecimiento de nuestra relación comercial con ellos, y cuando sea necesario.

La divulgación de esta política, así como sus distintas actualizaciones, se realizará mediante su incorporación a la página web de LAP.

Cada socio, asociado, empleado y proveedor recibirá un ejemplar (digital / impreso) el cual acusará o firmará, como aval de su conocimiento y aceptación.

16. Contacto para Consultas

Para cualquier duda o consulta sobre esta política, pueden contactarnos a través de la página de contacto.

CARACAS
Av. Fco. de Miranda, Parque Cristal, Torre Este, piso 14, oficina 10, Los Palos Grandes
VALENCIA
Urb. Valle de Camoruco, Av. Cuatricentenaria, Torre Ejecutiva, piso 9, of. 9-5, Parroquia San José Valencia
MARACAIBO
Torre Empresarial Claret, Av. 3E entre calles 78 y 79, piso 10, local 10, Parroquia Santa Lucía
BARQUISIMETO
Av. Los Leones con cruce calle Caroní, Centro Empresarial Barquisimeto, piso 9, of 9-1